28 de agosto del 2014
El ex dictador Luis García Meza (1980-1981) condenado a 30 años de prisión por delitos de lesa humanidad durante su dictadura volvió a su celda en la cárcel de máxima seguridad de Chonchocoro, tras una orden judicial que dispuso su salida del hospital de la Corporación de Seguro Social Militar (Cossmil), lugar donde se encontraba internado desde hace más de un año.
Se transcribe la orden judicial:
De la revisión de obrados se establece que ha transcurrido un amplio y razonable tiempo, para que los Médicos Forenses, emitan un dictamen pericial medico actualizado, sobre la valoración medico legal del estado de salud del penado Luis García Meza Tejada, Dispuesto mediante reiteradas providencias de fs. 3454 vta., 3468 vta., 3587 vta., y 3565 vta., asimismo no teniendo efecto suspensivo el recurso de apelación incidental contra la resolución que dispone el retorno del referido penado a la Penitenciaría de Chonchocoro y existiendo incumplimiento a ordenes judiciales del retorno al establecimiento penitenciario y valoración medica forense del penado, en instalaciones de COSSMIL, de acuerdo al requerimiento fiscal de Fs. 3487, se reitera el cumplimiento de auto de fs. 3378 - 3379, de forma inmediata y sin innecesarias dilataciones, a tal efecto emítase mandamiento de traslado y notifiquese al Sr. Director de la penitenciaría de Chonchocoro, al Sr. director de COSSMIL, al ministerio público y a todas las partes que se han apersonado, bajo el apercibimiento de ley y responsabilidad penal por demora culpable, administrativa, disciplinaria y funcionaria en caso de incumplimiento.
De la revisión de obrados se establece que ha transcurrido un amplio y razonable tiempo, para que los Médicos Forenses, emitan un dictamen pericial medico actualizado, sobre la valoración medico legal del estado de salud del penado Luis García Meza Tejada, Dispuesto mediante reiteradas providencias de fs. 3454 vta., 3468 vta., 3587 vta., y 3565 vta., asimismo no teniendo efecto suspensivo el recurso de apelación incidental contra la resolución que dispone el retorno del referido penado a la Penitenciaría de Chonchocoro y existiendo incumplimiento a ordenes judiciales del retorno al establecimiento penitenciario y valoración medica forense del penado, en instalaciones de COSSMIL, de acuerdo al requerimiento fiscal de Fs. 3487, se reitera el cumplimiento de auto de fs. 3378 - 3379, de forma inmediata y sin innecesarias dilataciones, a tal efecto emítase mandamiento de traslado y notifiquese al Sr. Director de la penitenciaría de Chonchocoro, al Sr. director de COSSMIL, al ministerio público y a todas las partes que se han apersonado, bajo el apercibimiento de ley y responsabilidad penal por demora culpable, administrativa, disciplinaria y funcionaria en caso de incumplimiento.
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